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Información sobre seguros para la pequeña empresa

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No existe una práctica muy difundida entre las pequeñas empresas para invertir en seguros. Sin embargo, es importante tener una orientación cada vez mayor hacia la cultura de la prevención. Pueden transcurrir años sin que sea utilizado un seguro, y de un momento a otro sufrirse un robo, incendio, atentado terrorista, u otra circunstancia que afecte de manera importante y aún definitiva, la situación patrimonial.

Así como hay una baja utilización de seguros entre las PYME, también vemos que por parte de las empresas aseguradoras no existe una oferta de seguros dirigida de manera específica hacia este segmento. No obstante, es importante señalar que muchos de los seguros existentes en el mercado son perfectamente aplicables a empresas de pequeña escala.
La poca información puede también ser un factor que dificulte la toma de decisión sobre la adquisición de un seguro. Existen diferentes tipos de seguro, que responden a coberturas distintas, y cuyos nombres pueden confundir. Además, ciertas industrias requieren de coberturas especiales.

Seguros para la Pequeña Empresa
Adaptado de información brindada por Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros
http://www.pacificoseguros.com/

A continuación se presentan algunos tipos de seguros, que podrían encontrarse entre los más importantes para pequeñas empresas que deseen estar en condiciones de afrontar diferentes eventualidades.

Incendio/ Terremoto/ Lluvias e inundaciones/ Terrorismo

Cubre los daños ocasionados directamente por incendio, terremoto, daño malicioso, vandalismo, terrorismo, huelga, conmoción civil, lluvia e inundación, impacto de vehículos y daño por agua entre otros.
Esta póliza tiene como base las declaraciones efectuadas por el asegurado, las cuales se consideran incorporadas en su totalidad a la póliza, junto con cualquier declaración adicional efectuada por el asegurado durante el proceso de apreciación del riesgo por parte de la compañía.
El rubro de incendio es bastante amplio y cubre cualquier daño causado al patrimonio de la empresa. Para esto se contratan diferentes sublímites, los cuales tienen un costo adicional.

Robo por asalto y/o Fractura de activos

Además de lo anterior, cubre la sustracción de bienes de propiedad (activos fijos, existencias, equipo de cómputo y/o dinero) indicados en la póliza.

Lucro Cesante

Indemniza la pérdida de utilidades brutas como consecuencia de la interrupción de las operaciones de la empresa por la ocurrencia de un evento asegurado en la póliza.

Deshonestidad, Desaparición y Destrucción

Esta póliza cubre los actos de deshonestidad de los trabajadores dentro de la empresa, siempre que los trabajadores sean identificados como tales. Puede tratarse de cobertura de deshonestidad de empleados, cobertura por pérdida dentro o fuera del local, falsificación de cheques de gerencia, falsificación de documentos bancarios, entre otros.

Responsabilidad Civil

Este seguro cubre, hasta el límite de la suma asegurada, la indemnización contra los daños personales y/o materiales causados por un accidente producido como resultado directo de las actividades o negocios a los que se dedica el asegurado, y por las cuales el asegurado sea civilmente responsable.

Las coberturas más frecuentes se muestran a continuación, aunque existen otras que son pertinentes a giros específicos de los negocios.

Responsabilidad Civil Contractual: 

Esta cobertura se extiende a cubrir la suma que el asegurado por motivo de haber asumido una responsabilidad por cualquier contrato o convenio sea obligado legalmente a pagar como indemnización por daños corporales a terceros y/o daños a la propiedad de los mismos.

Responsabilidad Civil Extracontractual:

Esta cobertura tiene un propósito eminentemente mercantil y se extiende a cubrir toda responsabilidad extracontractual en que pueda incurrir el asegurado frente a terceros, de acuerdo con los límites estipulados en el contrato, siempre y cuando el daño no provenga de los riesgos expresamente excluidos de la póliza en cuanto se encuentre vigente.

Responsabilidad Civil Patronal:

Cubre los reclamos que interpongan contra el asegurado cualquier miembro del personal del trabajo que figure en sus planillas, por lesiones personales sufridas como consecuencia directa e inmediata de los accidentes que ocurran en la explotación del negocio y que encontrándose amparados por la ley de Accidentes de Trabajo, pudieran motivar una reclamación adicional a las establecidas por la indicada Ley de Accidentes de Trabajo.

Responsabilidad Civil de Productos:

Cubre todos los reclamos que el asegurado tenga que pagar por Responsabilidad Civil Extracontractual como consecuencia de muerte, lesiones corporales o enfermedad de terceras personas y/o la pérdida o daño a la propiedad de las mismas por causa directa del uso o consumo, por tales terceros, de productos y/o mercaderías que sean fabricados, vendidos, reparados, acondicionados, modificados, manipulados, suministrados y distribuidos por el asegurado en la explotación normal de su negocio.

Responsabilidad Civil D&O:

Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus directores y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.

Responsabilidad Civil E&O:

Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus ejecutivos y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales. 

Seguro de Transporte

Seguro de transporte de mercadería
Este seguro cubre los daños que puedan tener los bienes de propiedad del asegurado durante el recorrido, ya sea aéreo, terrestre, marítimo o fluvial, que tengan que realizar a fin de ser transportados a su destino.

  • Transporte Terrestre
  • Exportación e Importación

Seguro para automóviles de empresas
Cubre los daños que puedan sufrir los vehículos de la empresa y/o sus accesorios como consecuencia de un choque, vuelco, incendio, robo, riesgos políticos y de la naturaleza. Adicionalmente cubre responsabilidad civil frente a terceros y de ocupantes de acuerdo a la póliza.

SEGUROS PARA EL PERSONAL

Seguro de Salud

Si bien los trabajadores se encuentran protegidos por el sistema de seguridad social,algunas compañías complementan este beneficio con seguros privados de salud. Estos cubren gastos hospitalarios y/o ambulatorios, maternidad, enfermedades oncológicas, servicios de diagnóstico, prótesis quirúrgicas, chequeos preventivos y sepelio, dependiendo de las condiciones establecidas en la póliza que se adquiera. Los hay de diversos costos, dependiendo del tipo y alcance de la cobertura. Es importante también tener en cuenta que el gerente o propietario de la empresa debe ser de los primeros en poseer este tipo de seguro, pues una enfermedad o un accidente pueden acabar con su empresa si la cobertura no es adecuada.

Seguro de Vida Ley
El seguro de Vida Ley, regulado por el Decreto Legislativo 688, obliga a todas las compañías a contratar un seguro de vida en grupo para todo su personal que tenga más de 4 años laborando en la empresa.

Asimismo, el empleador puede contratar, en forma optativa, el seguro para todo el personal que tenga más de tres meses de servicios en la empresa.


2009
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